Diputados buscan gravar con impuestos a las bebidas electrolíticas

Un grupo de diputados federales pertenecientes al Partido Verde Ecologista de México y al Partido del Trabajo ha presentado una iniciativa que propone la aplicación de impuestos a las bebidas electrolíticas orales de consumo masivo. La propuesta, que busca modificar la Ley del Impuesto al Valor Agregado, la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios y la Ley General de Salud, plantea un cambio significativo en la regulación de estos productos, comúnmente percibidos como saludables.

Los legisladores firmantes, Ernesto Núñez Aguilar, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Reginaldo Sandoval Flores y José Antonio López Ruiz, sostienen que existe una contradicción fundamental en el estatus actual de estas bebidas. Al estar catalogadas como medicamentos, quedan exentas de la obligación de portar los sellos de advertencia frontal por exceso de azúcares establecidos en la NOM-051. Esta situación, argumentan, confunde al consumidor, quien percibe estos productos como opciones terapéuticas o inherentemente benéficas, cuando su composición real se asemeja más a la de las bebidas azucaradas de consumo general.

Al no portar etiquetado frontal de advertencia, el público percibe estos productos como terapéuticos, cuando su composición y uso se asemejan a bebidas de consumo masivo endulzadas”, señalaron los diputados en su exposición de motivos de la iniciativa.

El núcleo del problema, según detalla la iniciativa, reside en la formulación de estos productos comerciales. Los diputados realizan una comparación técnica clave: frente a la fórmula de rehidratación oral recomendada por la Organización Mundial de la Salud, diseñada específicamente para tratar la deshidratación, las versiones comerciales de electrolitos orales presentan una concentración de glucosa significativamente mayor por cada 100 mililitros. Esta carga adicional de azúcares, alejada del propósito médico original, las sitúa en una categoría de consumo que debería estar sujeta a las mismas regulaciones de información y fiscalización que las bebidas saborizadas.

El objetivo de la propuesta es doble. Por un lado, busca corregir lo que los legisladores denominan “privilegios fiscales”, armonizando el tratamiento comercial de estos productos con el que ya reciben otras bebidas endulzadas sujetas al Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. Por otro lado, persigue un fin de salud pública: al someterlas al pago del IEPS y del IVA, y por ende obligarlas a incluir el etiquetado de advertencia, se pretende informar con transparencia a los consumidores y desincentivar el consumo excesivo, especialmente en contextos no médicos donde su ingesta no está justificada.

La iniciativa define de manera precisa el objeto de la reforma. Se entenderá por “bebidas electrolíticas orales” aquellas soluciones listas para beber que contengan electrolitos y azúcares añadidos y/o edulcorantes, distinguiéndolas así de los sobres de suero oral en polvo que requieren preparación y que mantendrían su estatus de medicamento. Esta delimitación es crucial, ya que enfoca la medida en los productos de venta directa al público en estantes de supermercados y tiendas de conveniencia, que son los de consumo más extendido fuera de prescripción médica.

De ser aprobada, esta iniciativa representaría un paso más en las políticas fiscales diseñadas para combatir problemas de salud pública como la obesidad y la diabetes. Al incluir a las bebidas electrolíticas en la lista de productos gravados, se eliminaría una asimetría regulatoria que, según los proponentes, otorga una ventaja competitiva injusta a estos productos y contribuye a la desinformación nutricional de la población. La medida subraya la creciente tendencia a utilizar instrumentos fiscales no solo como fuentes de recaudación, sino también como herramientas para influir en los hábitos de consumo y promover el bienestar colectivo.

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