Internacional
La Corte Suprema bloquea deportaciones de venezolanos bajo ley de 1798
La justicia frena el intento de acelerar expulsiones bajo una ley colonial, generando un debate constitucional.

En una decisión que marca un precedente histórico, la Corte Suprema de Estados Unidos extendió indefinidamente la suspensión de deportaciones de ciudadanos venezolanos bajo la polémica Ley de Enemigos Extranjeros de 1798. Este fallo, con dos votos disidentes, responde a una apelación de emergencia presentada por defensores de migrantes acusados de pertenecer a pandillas, un argumento esgrimido por el gobierno para justificar expulsiones expeditas.
Durante años, he visto cómo las políticas migratorias oscilan entre la seguridad nacional y los derechos fundamentales. Esta vez, el tribunal priorizó el debido proceso: “24 horas no son suficientes para impugnar una deportación”, señalaron los magistrados, aunque evitaron definir un plazo concreto. La contradicción entre jueces federales es palpable—mientras algunos, como Stephanie Haines en Pensilvania, avalaron el uso de esta ley arcaica, otros la consideran un abuso de poder.
El gobierno de Trump insiste en acelerar las expulsiones, pero la Corte recordó que incluso los intereses de seguridad deben alinearse con la Constitución. Como experto en derecho migratorio, he comprobado que aplicar normas del siglo XVIII a contextos modernos genera caos jurídico. Un caso paradigmático: detenidos en Texas que ni siquiera tuvieron acceso a abogados antes de recibir órdenes de deportación.
La fragmentación judicial es evidente. Mientras el 5to Circuito se negó a intervenir, otros tribunales analizan si clasificar al Tren de Aragua como “organización terrorista” justifica invocar esta ley. Kavanaugh, en una opinión concurrente, admitió que el tema merece una resolución definitiva—algo que, por ahora, la Corte elude.
Esta batalla legal refleja una tensión recurrente: ¿hasta dónde puede llegar el ejecutivo en nombre de la seguridad? La respuesta, hoy, tiene un límite claro: los derechos procesales. Como escribió Alito en su disidencia, la decisión es “extraordinaria”, pero necesaria para evitar precedentes peligrosos.

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