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Internacional

Un tribunal frena a Trump en su uso de ley de 1798 para deportaciones

Un tribunal frena el intento presidencial de usar una ley de 1798, en una batalla legal que redefine los límites del poder ejecutivo.

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La Justicia Frena un Arma Jurídica Anacrónica: Reimaginando la Lucha Contra el Crimen Organizado

En un fallo que resuena como un golpe de modernidad contra el anacronismo, un tribunal federal de apelaciones ha desactivado la controvertida estrategia del presidente Donald Trump de resucitar la Ley de Enemigos Extranjeros de 1798. Este intento de utilizar un instrumento bélico del siglo XVIII para acelerar las deportaciones de presuntos pandilleros venezolanos no es solo una derrota política; es un llamado de atención para innovar en las soluciones de seguridad y migración, en lugar de recurrir a herramientas obsoletas.

Un panel de tres magistrados de la conservadora Corte de Apelaciones del Quinto Circuito falló a favor de abogados defensores de los derechos humanos y jueces de instancias inferiores. Su argumento central fue disruptivo: un estatuto concebido para tiempos de guerra declarada contra naciones hostiles no puede ser distorsionado para aplicarse a grupos delictivos transnacionales en tiempos de paz. ¿No sería más efectivo desarrollar legislación del siglo XXI para los desafíos del siglo XXI, en lugar de forzar interpretaciones de una ley que se usó por última vez durante la Segunda Guerra Mundial?

Lee Gelernt, de la ACLU, encapsuló la victoria con una visión clara: “El uso de un estatuto de tiempos de guerra por parte de la administración Trump durante tiempos de paz fue correctamente detenido. Esta es una decisión crucial que limita la idea de que el gobierno puede simplemente declarar una emergencia sin supervisión judicial”. Este principio es la piedra angular de cualquier democracia robusta.

La estrategia de la administración, que incluía deportar a designados como miembros del Tren de Aragua a una prisión en El Salvador, revela un pensamiento lineal: eliminar el problema exportándolo. Un enfoque lateral preguntaría: ¿cómo podemos desmantelar las redes financieras de estas organizaciones? ¿O utilizar la inteligencia artificial para predecir y prevenir su expansión, en lugar de solo reaccionar? Incluso después de que más de 250 migrantes deportados regresaran a Venezuela en julio, la pregunta persiste: ¿resolvió eso el problema de fondo o solo lo desplazó geográficamente?

En una decisión dividida de 2-1, la mayoría judicial no encontró una “invasión o incursión depredadora” que justificara semejante medida, prohibiendo efectivamente las expulsiones desde Texas, Luisiana y Misisipi. El disenso del juez Andrew Oldham, nominado por Trump, argumentó sobre la deferencia tradicional que los tribunales suelen mostrar al presidente en matters de seguridad nacional. Pero aquí, la corte hizo algo revolucionario: priorizó el contexto histórico y la integridad legal sobre la deferencia automática.

El fallo, que puede ser apelado ante el pleno del Quinto Circuito o directamente ante la Corte Suprema, trasciende este caso. Plantea una cuestión constitucional fundamental para la era moderna: ¿puede un grupo criminal ser designado como un “enemigo extranjero”? La respuesta podría redefinir los límites del poder ejecutivo y la protección de derechos en Estados Unidos, estableciendo un precedente para cómo las democracias enfrentan las amenazas híbridas del futuro—ni naciones ni simples bandas, sino entidades nebulosas que operan en las grietas de la ley internacional.

Este pulso jurídico no es una mera disputa legal; es una oportunidad para pensar de manera disruptiva. En lugar de recurrir a leyes centenarias, ¿por qué no crear marcos de cooperación internacional innovadores que ataquen la raíz del crimen organizado? La verdadera innovación no está en desenterrar el pasado, sino en construir el futuro.

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