Calendario oficial de días festivos y puentes de noviembre en México

La Secretaría de Educación Pública y la Ley Federal del Trabajo han establecido el calendario oficial de días de asueto para el mes de noviembre, marcando periodos de descanso tanto para el sector educativo como para los trabajadores. Este marco normativo permite a la población planificar con anticipación sus actividades personales y familiares, optimizando los periodos de receso.

 

Para el ámbito educativo, el calendario de la SEP señala dos fechas específicas de suspensión de clases a nivel nacional. El lunes 17 de noviembre está designado para la Conmemoración de la Revolución Mexicana, una fecha de relevancia histórica que se observa como día festivo oficial. Adicionalmente, el viernes 28 de noviembre corresponde a la Sesión Ordinaria del Consejo Técnico Escolar, día en que el personal docente participa en actividades de planeación y evaluación, por lo que no hay clases para los estudiantes.

 

Es importante destacar que los alumnos de educación básica en el Estado de México contarán con un día adicional de descanso el 3 de noviembre, según disposiciones locales que complementan el calendario federal. En el ámbito laboral, la Ley Federal del Trabajo establece como día de descanso obligatorio el 17 de noviembre, coincidiendo con la conmemoración histórica. Esta disposición aplica para la mayoría de los trabajadores del sector formal, quienes tienen derecho a suspender sus labores con goce de salario.

 

La articulación de estas fechas genera dos periodos de descanso extendido significativos. El primer puente abarca del viernes 14 al lunes 17 de noviembre, creando un fin de semana de cuatro días que permite periodos de descanso más prolongados o la posibilidad de realizar viajes cortos.

 

El segundo periodo se extiende del viernes 28 de noviembre al domingo 1 de diciembre, ofreciendo cinco días consecutivos de descanso al incorporar el fin de semana. Para los trabajadores que deban laborar durante el día festivo obligatorio, la legislación establece protecciones salariales específicas.

 

De acuerdo con el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo, estos empleados tienen derecho a recibir un salario doble por el servicio prestado, lo que equivale a un pago triple considerando el salario correspondiente al descanso obligatorio.

 

Esta disposición busca compensar adecuadamente a quienes deben trabajar durante los días declarados de asueto oficial. Adicionalmente, cuando un día de descanso obligatorio coincide con domingo, los empleadores deben cubrir el pago de la prima dominical establecida en el artículo 71 de la misma ley, garantizando que los trabajadores reciban la remuneración completa que les corresponde por laborar en estos días.

 

La planificación anticipada de estos periodos de descanso permite a las familias organizar actividades recreativas, culturales o de descanso, mientras que las empresas pueden ajustar sus operaciones y programar turnos con suficiente antelación. La claridad en el calendario oficial facilita una gestión eficiente tanto del tiempo laboral como del personal, contribuyendo al equilibrio entre la productividad y el bienestar de los trabajadores y estudiantes.

 

Estos periodos de descanso, además de su función recreativa, cumplen un importante papel en la preservación de la memoria histórica nacional y en el fortalecimiento de la convivencia familiar, aspectos fundamentales para el desarrollo social. La coordinación entre las instituciones educativas y laborales en el establecimiento de estos calendarios refleja un esfuerzo por armonizar los diferentes ámbitos de la vida de los mexicanos.

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