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La Corte tumba el impuesto a apps de reparto en la CDMX

La justicia pone freno a un impuesto digital que generó polémica en la capital mexicana.

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En un giro digno de una tragicomedia fiscal, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha decidido que el intento de la Ciudad de México de cobrar un impuesto del 2% a las plataformas de reparto era tan constitucional como un elefante bailando ballet en la plancha del Zócalo. Por tres votos contra uno (el disidente seguía esperando su lunch por Rappi), la Segunda Sala enterró la idea de gravar a las apps, demostrando una vez más que en México hasta los impuestos necesitan permiso legal para existir.

El fallo protege el sagrado principio de legalidad, ese concepto abstracto que los gobiernos locales suelen confundir con “inventemos un impuesto y veamos si pega”. La administración de Claudia Sheinbaum, en su eterna búsqueda de fondos, había argumentado que las empresas de reparto debían pagar por el “privilegio” de usar las calles (las mismas que los ciudadanos ya mantienen con otros impuestos, pero eso es otro capítulo de esta épica burocrática).

La Corte, en un arranque de coherencia inusual, recordó que el Congreso local no puede legislar sobre comercio electrónico como si fuera un monarca absoluto repartiendo cargas tributarias a diestra y siniestra. El cobro, disfrazado de “aprovechamiento”, quedó al descubierto como lo que era: un impuesto improvisado que violaba más artículos constitucionales que un estudiante de derecho en su primer examen.

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La sentencia no solo beneficia a las empresas de reparto (que seguramente celebrarán con descuentos del 1.99%), sino que establece un precedente contra la creatividad tributaria de los gobiernos locales. Ahora solo falta que la Corte se pronuncie sobre otros impuestos surrealistas, como el “derecho a respirar aire contaminado” o la “tasa por tolerar discursos políticos vacíos”.

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