Una Iniciativa Necesaria en la Lucha por la Seguridad
Desde mi experiencia en el análisis de políticas de seguridad, he visto cómo la delincuencia evoluciona más rápido que nuestras leyes. La iniciativa de la Jefa de Gobierno, Clara Brugada, para reformar el Código Penal de la Ciudad de México llega como un reconocimiento de esta brecha crítica. No se trata solo de aumentar castigos; es una cuestión de actualizar nuestro marco legal para que sea proporcional a la gravedad de las nuevas amenazas que enfrenta la sociedad.
Foto: El Universal.
La propuesta legislativa busca sancionar con mayor rigor las amenazas, agravando sustancialmente este ilícito cuando involucre la instalación, uso o detonación de artefactos explosivos en vehículos o instalaciones, ya sean públicas o privadas. He sido testigo de cómo la mera mención de un artefacto explosivo puede paralizar una ciudad entera, generando un caos y un terror que van mucho más allá de la víctima directa. Por eso, entender este delito como un simple “amenazar con causar un mal”, como lo define la norma actual, es una visión obsoleta y peligrosamente simplista.
Actualmente, la pena por este delito oscila entre tres meses y un año de prisión. La mandataria capitalina plantea elevarla a un rango de uno a dos años de reclusión. En la práctica, he comprobado que sanciones tan bajas carecen por completo de un efecto disuasorio real. Los delincuentes operan con un cálculo de riesgo-beneficio, y cuando la consecuencia legal es mínima, el incentivo para cometer el ilícito aumenta.
La iniciativa es particularmente contundente al establecer agravantes específicos que triplicarían la pena, llevándola de tres a seis años de cárcel. Estos supuestos no son teóricos; reflejan situaciones reales y recurrentes que hemos documentado: el uso de armas, la simulación de pertenencia a una agrupación delictiva, las amenazas de muerte contra familiares y, de manera crucial, la intimidación a víctimas, testigos, jueces o agentes policiales para obstaculizar un proceso penal. Esta última circunstancia es un cáncer para nuestro sistema de justicia, pues socava sus cimientos mismos.
Brugada argumenta, con toda razón, que el artículo 209 del Código Penal local está desvinculado de la realidad contemporánea. No considera los medios digitales, que se han convertido en un canal masivo para el hostigamiento y la coacción. Tampoco distingue entre la gravedad de diferentes tipos de amenazas, ni contempla la repetición sistemática de la conducta como un factor agravante. Una ley que no evoluciona con los tiempos se convierte, en el mejor de los casos, en inútil, y en el peor, en un obstáculo para la justicia. Esta reforma es un paso necesario, basado en la experiencia de lo que realmente funciona para combatir la impunidad en los delitos que más impactan la percepción de seguridad de los ciudadanos.