La Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) negó la indemnización a la viuda e hijos de un supervisor de Petróleos Mexicanos (Pemex) que fue asesinado junto a tres compañeros en 2020, durante un operativo contra el robo de hidrocarburos en Querétaro.
La decisión fue tomada en noviembre de 2025 por la titular de la CEAV, Martha Yuriria Rodríguez Estrada, quien determinó que no procede la compensación económica debido a que Pemex no aceptó la Recomendación 250/2023 emitida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
Aunque la Ley General de Víctimas contempla que la existencia de una recomendación por violaciones a derechos humanos es una vía para acceder a la reparación integral del daño, la CEAV sostuvo que, al no haber sido aceptada por Pemex, la recomendación pierde efectos.
En su resolución, el organismo argumentó que las recomendaciones de la CNDH no son vinculantes, por lo que, al ser rechazadas por la autoridad señalada, no se cumplen los requisitos para otorgar la compensación.
La abogada de la familia, Reyna Velasco, calificó la decisión como ilegal y anunció que ya promovieron un juicio de amparo. Señaló que la ley no exige que la recomendación sea aceptada para que la CEAV pueda reconocer el derecho a la reparación.
El 13 de agosto de 2020, José Guadalupe Pacheco Malagón, supervisor adscrito al área de Salvaguardia Estratégica de Pemex, fue emboscado junto a tres trabajadores en la comunidad de Cazadero, municipio de San Juan del Río, Querétaro. El ataque ocurrió mientras atendían un reporte relacionado con una posible toma clandestina.
De acuerdo con las investigaciones, el vehículo en el que viajaban fue interceptado y recibió 403 disparos. Ninguno sobrevivió.
El operativo formaba parte del “Plan Conjunto del Gobierno de México para Combatir el Robo de Hidrocarburos”, implementado durante la administración del entonces presidente Andrés Manuel López Obrador, estrategia que buscaba frenar la alta incidencia de tomas clandestinas en estados como Querétaro e Hidalgo.
Tras una investigación iniciada en noviembre de 2020, la CNDH concluyó que existieron omisiones graves por parte de mandos superiores de Pemex.
Un día antes del ataque, la víctima recibió una fotografía que interpretó como amenaza de muerte y la notificó a su superior. A pesar de ello, se le ordenó continuar con los operativos en una zona de alta incidencia delictiva sin apoyo de fuerzas armadas ni de la Guardia Nacional.
La recomendación 250/2023 estableció que se vulneraron los derechos a la seguridad jurídica, legalidad, trato digno y seguridad en el trabajo, en relación con el derecho a la vida e integridad personal. Además, propuso iniciar procedimientos administrativos contra funcionarios responsables y colaborar con la Fiscalía General de la República y la CEAV para la reparación del daño.
Tras abrir el expediente CEAV/DGCIE/2S.7/737/2024, el organismo resolvió en noviembre de 2025 que no era procedente la compensación solicitada por la viuda, Lilia Hernández Bárcenas, y sus hijos.
La defensa sostiene que la negativa de Pemex a aceptar la recomendación no elimina la existencia de las violaciones acreditadas por la CNDH, y confía en que el Poder Judicial revierta la decisión.
Mientras tanto, la familia deberá enfrentar un nuevo proceso legal, esta vez contra la institución que, por ley, debería garantizarles respaldo y reparación.


















