Nacional
Corte reconoce derecho de infancias trans para solicitar nueva acta de nacimiento

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la exigencia que existía en el estado de Puebla de tener 18 años cumplidos para solicitar una nueva acta de nacimiento para el reconocimiento de la identidad de género autopercibida de las personas trans.
De esta manera, se invalidó el artículo 875 Ter, fracción II, del Código Civil de Puebla que exige tener 18 años cumplidos para solicitar el levantamiento de una nueva acta de nacimiento, por violar el derecho a la identidad de género de las infancias y adolescencias trans.
La norma vulneraba el derecho a la igualdad y no discriminación de las personas menores de edad trans, por lo que declararon la inconstitucionalidad de la norma impugnada por unanimidad de once votos.
La discusión de este asunto continuará durante la próxima sesión del Pleno de la SCJN, pues quedó pendiente la resolución de los efectos de la declaratoria de invalidez.
POSTURAS
Arturo Zaldívar: hoy tenemos la oportunidad de reafirmar con una sola voz que no hay nada que curar, que la experiencia trans no es una enfermedad, sino una realidad que da cuenta de la diversidad humana. Que las infancias y adolescencias trans saben quiénes son y comprenden su lugar en el mundo. Que no son homogéneas, son diversas y construyen su identidad, independientemente de cualquier tratamiento médico o norma legal.
Juan Luis González Alcántara Carrancá: la finalidad de la norma es la exclusión de las niñas, niños y adolescentes del derecho a la identidad de género sin atención alguna a la autonomía progresiva que les asiste.
Luis María Aguilar: en este caso no se justifica que el legislador asuma una postura paternalista a través del establecimiento de una edad mínima con la que, en lugar de procurar el interés superior de niñas, niños y adolescentes, lo vulnera al desconocerlos como titulares de derechos.
Margarita Ríos: es inconstitucional limitar el acceso al procedimiento administrativo para obtener la modificación del acta de nacimiento por identidad de género autopercibida a las personas menores de edad, y me parece que la solución que se nos propone es sensible y justa.
Fuente: Aristegui Noticias.

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