Daniel Arizmendi López, conocido como “El Mochaorejas”, fue absuelto del delito de privación ilegal de la libertad en su modalidad de secuestro, luego de permanecer 27 años en prisión, de acuerdo con una sentencia emitida por el Poder Judicial Federal.
La resolución fue dictada por la jueza segunda de Distrito en Materia Penal en el Estado de México, Raquel Ivette Duarte Cedillo, quien determinó que no existían pruebas suficientes para acreditar el delito de secuestro en la causa penal analizada. En el fallo, la juzgadora señaló que no hubo imputación directa que permitiera establecer, ni siquiera de manera indiciaria, la plena responsabilidad del acusado, por lo que ordenó su absolución respecto a ese cargo.
No obstante, el tribunal consideró que sí existían elementos suficientes para acreditar el delito de violación a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, por el cual se le impuso una pena de ocho años de prisión. Dicha condena fue declarada como compurgada, al tomar en cuenta que Arizmendi López ha permanecido privado de la libertad desde 1998.
A pesar de esta absolución, Daniel Arizmendi López no recuperará su libertad, ya que continúa sujeto a otros procesos penales y sentencias vigentes relacionados con distintos delitos, por lo que seguirá recluido en el Centro Federal de Readaptación Social de máxima seguridad “El Altiplano”, ubicado en el Estado de México.
Arizmendi López fue detenido en 1998 y alcanzó notoriedad nacional por encabezar una banda dedicada al secuestro, responsable de alrededor de 40 plagios, principalmente contra empresarios, cometidos en los estados de Querétaro, Morelos, Estado de México, Puebla y la entonces Distrito Federal, hoy Ciudad de México. Tras su captura, el propio acusado confesó haber participado en 21 secuestros y tres homicidios.
En 2006, “El Mochaorejas” acumulaba sentencias que sumaban casi 400 años de prisión por los delitos de delincuencia organizada y secuestro, mientras que varios de sus cómplices recibieron condenas que iban desde los 80 hasta los 160 años de cárcel.
La absolución por uno de los cargos no modifica el estatus penitenciario del acusado, quien permanecerá en prisión debido a los múltiples procesos judiciales que aún enfrenta.













