Desde mi experiencia en el ámbito fiscal y legal, he visto cómo los grandes litigios tributarios pueden marcar un precedente para todo el sistema. La reciente resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre los adeudos de empresas del Grupo Salinas no es solo una noticia; es el epílogo de un proceso jurídico de más de una década que ilustra la compleja mecánica entre el contribuyente y la autoridad.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha informado que, tras la notificación formal de la Corte, procederá a emitir en enero de 2026 el requerimiento de pago por 51 mil millones de pesos. Esta cifra, monumental por sí sola, es el resultado acumulado de determinaciones que se remontan a ejercicios fiscales de 2008 a 2013. En la práctica, he aprendido que estos procesos nunca son lineales. Como detalló el titular del SAT, Antonio Martínez Dagnino, el recorrido incluyó resoluciones administrativas, impugnaciones ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa y recursos ante el Poder Judicial, antes de llegar al máximo tribunal. La lección aquí es clara: la paciencia y la exhaustividad procesal son fundamentales para el fisco.
El largo camino de una determinación fiscal
El núcleo del conflicto, según lo explicado por las autoridades, fue la aplicación improcedente de pérdidas fiscales para el cálculo del Impuesto sobre la Renta. En mi trayectoria, he constatado que este es uno de los temas más técnicos y disputados. Las empresas argumentaron su posición durante años, pero los tribunales, en última instancia, ratificaron la postura de la autoridad hacendaria. El desistimiento de la SCJN el pasado 13 de noviembre fue el punto final que dio firmeza a la obligación. Esto nos recuerda que, más allá de las estrategias legales, existe un principio constitucional irrenunciable: la obligación de contribuir a los gastos públicos.
Un asunto de legalidad, no de coyuntura
La presidenta Claudia Sheinbaum fue enfática al señalar que se trata de un asunto estrictamente legal y administrativo, no político. Esta distinción es crucial. En un entorno mediático cargado, es fácil perder de vista la esencia jurídica. Sheinbaum aclaró que, una vez notificado el requerimiento, las empresas tienen el derecho, previsto en el Código Fiscal de la Federación, de solicitar ajustes a la baja de hasta un 39%, dependiendo del esquema de pago que elijan. Esta es una faceta importante que a menudo se pasa por alto: la ley prevé mecanismos para un cumplimiento facilitado, incentivando el pago voluntario.
Sin embargo, la advertencia también está presente. En caso de incumplimiento, se activarían los procedimientos coercitivos previstos en la normativa. La solicitud de la mandataria de mantener informada a la opinión pública, con la supervisión de la Procuraduría Fiscal y la Secretaría de Anticorrupción, apunta a una lección mayor: en casos de esta magnitud, la transparencia es el mejor antídoto contra la desconfianza y la especulación. El objetivo final, como en cualquier Estado de derecho, es garantizar que la ley se cumpla, independientemente del tamaño o la influencia del contribuyente. Este caso, sin duda, será un referente para el futuro de la administración tributaria en México.














