Una Revolución Fiscal o un Estado de Vigilancia Total?
CIUDAD DE MÉXICO.- En una decisión que redefine los límites entre la recaudación y la privacidad, el Pleno de la Cámara de Diputados ha dado luz verde a una transformación radical del Código Fiscal para 2026. Esta no es una mera actualización tributaria; es un cambio de paradigma que fusiona la fiscalización con la vigilancia digital en tiempo real.
Durante la madrugada del jueves, el dictamen recibió el visto bueno definitivo, allanando el camino para su envío al Senado de la República. Lo que se discute aquí no son solo artículos legales, sino la creación de una infraestructura de supervisión financiera sin precedentes.
El Nuevo Panorama: Acceso Ilimitado y Bloqueos Inmediatos
La adición del Artículo 30-B representa el núcleo de esta disrupción: concede a las autoridades fiscales acceso permanente, en línea y en tiempo real, a los sistemas y registros de las plataformas digitales. El incumplimiento conlleva un bloqueo inmediato, una medida que algunos legisladores califican como la “licencia para el reality show más caro del sexenio”, permitiendo al gobierno tener “ojos en todas partes”, según la diputada Verónica Pérez del PAN.
En un giro estratégico, se eliminó la fracción X del Artículo 124, que buscaba impedir que los contribuyentes alegaran desconocer un acto impugnado. Esta eliminación, en lugar de ser un retroceso, podría interpretarse como un movimiento audaz para simplificar procesos y eliminar tácticas dilatorias, forzando un sistema más ágil y transparente.
Privacidad vs. Eficiencia: Un Falso Dilema?
La priista Paloma Domínguez Ugarte alertó sobre el riesgo para la confidencialidad de la información bancaria. Sin embargo, ¿estamos ante el clásico trade-off entre seguridad y libertad, o es posible diseñar un sistema que garantice ambas? La verdadera innovación no estaría en la vigilancia masiva, sino en desarrollar algoritmos de inteligencia artificial que detecten anomalías fiscales sin violar la privacidad individual, un concepto que la reforma actual parece ignorar.
La postergación de la aplicación para las plataformas digitales hasta el 1 de abril de 2026 no es una simple prórroga; es una ventana de oportunidad. Un espacio temporal para que emerjan soluciones tecnológicas disruptivas que reconcilien la eficacia recaudatoria con la inviolabilidad de los datos personales, desafiando la premisa de que más acceso equivale a mayor cumplimiento.
Esta reforma no es el punto final, sino el inicio de una conversación crucial sobre el futuro de la soberanía de datos en la era digital. El verdadero desafío no es implementar la vigilancia, sino reinventar la fiscalización para el siglo XXI.