El Senado activa el proceso para designar al nuevo Fiscal General de la República
La Cámara de Senadores puso en marcha este viernes la fase de recepción de candidaturas para ocupar la titularidad de la Fiscalía General de la República (FGR), en un movimiento crucial tras la salida de Alejandro Gertz Manero.
El proceso, completamente digitalizado, se habilita a través del portal oficial del Senado (www.senado.gob.mx) a partir de las 13:00 horas, manteniéndose activo de forma ininterrumpida hasta el domingo 30 de noviembre, estableciendo un cronograma ágil y transparente.
Perfil y requisitos para la máxima fiscalía
La convocatoria pública exige a los aspirantes cumplir con un perfil constitucionalmente definido: ser ciudadano mexicano por nacimiento, contar con un mínimo de 35 años de edad al momento de la designación, poseer un título profesional en Derecho con una antigüedad mínima de una década y acreditar una trayectoria intachable, sin antecedentes penales por delitos intencionales.
Como parte de la evaluación de competencias, cada postulante debe presentar un ensayo de análisis estratégico de hasta diez cuartillas. Este documento debe abordar el diagnóstico de la criminalidad, una estrategia de persecución penal y la aplicación del marco jurídico vigente para combatir la delincuencia. El expediente se complementa con documentación de identidad, currículum vitae y declaraciones juradas.
Metodología de selección y plazos perentorios
La Junta de Coordinación Política será la encargada de realizar la verificación inicial de los expedientes. Para el martes 2 de diciembre, presentará al pleno una lista de al menos diez aspirantes precalificados, la cual requerirá la ratificación por una mayoría calificada de dos terceras partes. Una vez aprobada, esta nómina se remitirá a la Presidencia de la República para la conformación de una terna.
La fase definitiva contempla que el Senado elija al próximo Fiscal General mediante mayoría calificada, luego de las comparecencias públicas de los integrantes de la terna. Si la Cámara Alta no concreta la designación dentro de los plazos establecidos, la Constitución faculta al Ejecutivo Federal a realizar el nombramiento de manera directa, conforme a lo dispuesto en el Artículo 102 de la Carta Magna.


















