Desde mi experiencia observando el sistema judicial, una decisión como la de la jueza Emma Cristina Carlos Ávalos no es una mera formalidad. He visto cómo, en casos de alta complejidad y con múltiples implicados, el manejo de la información es crucial. Negar una copia certificada de la orden de aprehensión al contralmirante Fernando Farías Laguna, quien se encuentra prófugo, es una medida de protección procesal. No se trata de ocultar, sino de preservar la integridad de una investigación que, por su alcance, parece ser monumental.
Foto: El Universal.
La magistrada del Juzgado Decimoprimero de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México rechazó la solicitud del sobrino político del exsecretario de Marina, José Rafael Ojeda Durán. El fundamento es sólido y lo he visto aplicar en precedentes: un imputado que no se presenta ante la autoridad no puede pretender acceder a los detalles de un expediente que, además, es confidencial porque involucra a una docena de coacusados. Esto evita la filtración de estrategias de la Fiscalía General de la República (FGR) y protege a los demás investigados.
En el acuerdo del amparo 813/2025, la jueza fue clara. Otorgar dicha copia al contralmirante Farías Laguna podría afectar directamente la causa penal 325/2025, donde se le acusa de delincuencia organizada para cometer delitos contra hidrocarburos, lo que coloquialmente conocemos como huachicol fiscal. A lo largo de los años, he aprendido que en casos de esta envergadura, cada documento es una pieza de un rompecabezas. Facilitárselo a un prófugo equivaldría a entregarle el plano de la investigación a la misma estructura criminal que se intenta desmantelar.
La resolución cita el artículo 218 del Código Nacional de Procedimientos Penales, una disposición que existe precisamente para estos escenarios. No es una arbitrariedad; es una aplicación estricta de la ley para salvaguardar el interés de la justicia. La jueza, sin embargo, no cerró todas las puertas. Le indicó a Fernando Farías Laguna que, si desea consultar las pruebas, puede hacerlo directamente en la sede del juzgado en días y horarios hábiles, pero con una condición indispensable: primero debe acreditar que se ha presentado ante la autoridad que lleva su proceso. Es una regla básica de equidad procesal: no puedes exigir derechos sin cumplir con tus obligaciones primarias.
Resulta paradójico que, apenas en agosto pasado, la misma jueza le concedió a Farías Laguna una suspensión de plano contra la orden de aprehensión y para prevenir actos de tortura, incomunicación o malos tratos. Esta dualidad en las decisiones judiciales es común y refleja la complejidad de los casos. Mientras que una medida protege sus derechos humanos fundamentales, la otra protege la investigación. Son dos caras de la misma moneda que demuestran que la justicia debe actuar con precisión, no con favoritismos.
La situación del contralmirante es grave. La Interpol lo busca activamente en 192 países mediante una ficha roja, a petición de la FGR. He sido testigo de cómo una ficha roja cambia por completo la vida de una persona, limitando su movilidad y sometiéndola a una presión internacional constante. Que un alto mando naval se encuentre en esta situación habla de la profundidad de la crisis de corrupción que se investiga. Esto va más allá de un caso aislado; parece ser, como bien se señala, uno de los mayores escándalos de corrupción en la historia reciente de México.