La Asociación de Bancos de México (ABM) ha emitido un comunicado oficial confirmando lo que muchos clientes ya intuían: este 25 de diciembre, las puertas de las sucursales bancarias tradicionales permanecerán cerradas. La medida, ¿es una simple formalidad administrativa o revela la profunda transformación digital que vive el sector financiero? Nos adentramos en los detalles.
Un decreto silencioso: la base legal del cierre
La decisión no es discrecional. Se fundamenta en una disposición de carácter general emitida por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), publicada en el Diario Oficial de la Federación. Este documento, que define el calendario de días inhábiles para el sistema, actúa como la directriz que paraliza la atención presencial. Pero, ¿significa esto que el acceso al dinero y a los servicios se bloquea por completo? La investigación revela un panorama más complejo.
La excepción dentro de la regla: bancos en tiendas comerciales
Al indagar con la ABM, descubrimos una salvedad significativa. Los establecimientos bancarios ubicados dentro de almacenes comerciales y supermercados brindarán servicio en sus horarios habituales. Esta distinción plantea una pregunta incisiva: ¿por qué estos puntos de venta sí operan? La respuesta parece residir en su naturaleza como extensiones comerciales con dinámicas logísticas distintas, un detalle que muchos usuarios desconocen.
La red invisible que nunca duerme: más allá de las sucursales
El organismo gremial fue enfático al recordar la infraestructura paralela. El sistema cuenta con una red de más de 65 mil cajeros automáticos y aproximadamente 58 mil corresponsales bancarios (establecimientos como farmacias o tiendas de convenio) dispersos por todo el territorio nacional. Además, los servicios de banca en línea y banca telefónica operan sin interrupción, las 24 horas del día, los 365 días del año. Los datos sugieren que el cierre físico es solo una capa de la historia; la banca digital y su red alternativa constituyen el sistema nervioso que permanece activo.
Protección al consumidor: ¿qué pasa con mis pagos?
Uno de los hallazgos más relevantes para el usuario común está en el marco legal. La Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros establece una salvaguarda clara: si la fecha límite de un pago coincide con un día inhábil, este podrá realizarse sin penalización alguna al siguiente día hábil. Esta disposición, a menudo pasada por alto, protege a los clientes de cargos por mora en estas fechas.
Conclusión: un cierre que evidencia una migración irreversible
La recomendación final de la ABM a los clientes para que tomen previsiones y utilicen los canales electrónicos no es casual. Este cierre del 25 de diciembre, más que una simple pausa festiva, actúa como un espejo de la evolución del sector. Revela una estrategia deliberada: impulsar la migración hacia plataformas digitales y una red de atención descentralizada, mientras las sucursales físicas, otrora centros neurálgicos, gradualmente ceden su protagonismo en los días no hábiles. La verdad oculta no es solo qué bancos cierran, sino cómo el sistema bancario está redefiniendo silenciosamente lo que significa “estar abierto”.














