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La Corte absuelve a dueños que no “apapachan” a sus mascotas
La justicia mexicana dictamina que no pasear a tu perro no es crimen, pero la polémica está servida.

La Corte absuelve a dueños que no “apapachan” a sus mascotas
En un fallo que dejó a los activistas animalistas más indignados que un gato bañado, la Suprema Corte de Justicia tumbó hoy la joya legislativa de Morelos: meter tras las rejas a quienes no lleven a Fido al parque o no le organicen citas caninas para su “bienestar emocional”. Por fin, México prioriza: primero los feminicidios, después… ¡ah, no! ¿Los paseos caninos?
El artículo 327, fracción XVI –redactado aparentemente por un comité de golden retrievers con MBA– pretendía encarcelar a los humanos que no proporcionaran “entornos estimulantes” para las “necesidades cognitivas” de sus mascotas. ¿Cuántos años por no comprarle un rompecabezas interactivo a tu hámster? La Corte, con una lucidez inusual, dijo “basta” a esta distopía burocrática donde, mientras el país arde, los legisladores debatían si el labrador de tu vecino sufre depresión por falta de socialización.
El ministro González Alcántara, en un arranque de sentido común, declaró estas conductas “penalmente irrelevantes“. Traducción: en un país con 100,000 desaparecidos, quizá –solo quizá– hay prioridades más urgentes que multar a un ciudadano porque su gato no tiene vistas al jardín. Mientras, la ministra Batres, única disidente, defendió la norma como si el futuro de la civilización dependiera de que los chihuahuas tengan citas de juego semanales.
La CNDH, siempre atenta a las verdaderas injusticias, había impugnado la ley. ¿Su argumento? Que en México ni los humanos tienen garantizados “entornos estimulantes“. Ironías aparte, el fallo revela el verdadero absurdo: un sistema legal que puede detallar la felicidad de un canino pero no garantizar la seguridad básica de sus dueños.
Moraleja: Si tu perro no va al parque, ya no irás a prisión… pero si denuncias corrupción, mejor ten pasaporte vigente. Prioridades, señores.

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