La justicia exige a los discapacitados luchar por sus derechos

En un giro magistral que fusiona el realismo mágico con la administración de justicia, el renovado Poder Judicial de la Nación ha decretado que la verdadera discapacidad era depender de una Corte compasiva.

El ministro emérito, Javier Laynez Potisek, ha calificado de “regresiva” la nueva doctrina, un eufemismo jurídico para describir una resolución que, con la precisión de un elefante en una cacharrería, pretende empoderar a las personas con discapacidad obligándolas a litigar por sus derechos, porque nada dice “protagonismo” como tener que demandar al Estado para que cumpla con sus obligaciones elementales.

La lumínica resolución del pasado 22 de septiembre, obra del nuevo pleno, proclama que la discapacidad no es una característica individual, sino el fruto maduro de las barreras sociales. Acto seguido, en un ejercicio de coherencia digno de un circo de absurdos, la misma Corte erige la barrera definitiva: la carga procesal. Así, en un alarde de ingeniería social inversa, se invalida una ley arcaica que veía la discapacidad como un padecimiento, para reemplazarla con la sublime idea de que el padecimiento debe ser, en realidad, litigar contra el sistema.

El nuevo criterio, bautizado como “la consulta previa a la demanda inevitable”, perfila un cambio de paradigma: si antes la Corte podía actuar de oficio para corregir violaciones flagrantes, ahora adopta la filosofía del “sálvese quien pueda”. Se argumenta, con una ironía que haría palidecer a Swift, que esto les da un “papel más protagónico” a los colectivos. Es decir, en lugar de que la justicia proteja a los vulnerables, son los vulnerables quienes deben proteger a la justicia de su propia inacción.

Laynez Potisek, con la lucidez del que ya no tiene que votar en semejantes farsas, advierte que esta postura es profundamente regresiva. “Impone a las personas con discapacidad la carga de defender por sí mismos un derecho que justamente reconoce las asimetrías que los atraviesan”, señaló, describiendo sin quererlo el perfecto catch-22 burocrático: te reconocemos como desigual, pero exige tu igualdad en condiciones de profunda desigualdad.

La práctica ancestral de que el máximo tribunal declarara violaciones sin esperar a que los más débiles asumieran esa carga era, al parecer, un paternalismo obsoleto. El nuevo modelo, ultra moderno, entiende que la verdadera inclusión significa que si una norma te perjudica, la impugnes tú mismo; si no puedes, quizá esa sea la prueba definitiva de que la sociedad te ha impuesto una barrera insalvable. Un mecanismo de auto-corrección social tan diabólicamente eficaz que hasta Orwell lo encontraría excesivo.

La SCJN actual, en su infinita sabiduría, ha adoptado este criterio sobre la consulta previa. Ahora se analizará el derecho a la consulta sólo cuando el afectado lo solicite, sin que ello implique invalidar automáticamente normas que puedan –en una realidad paralela– favorecer la inclusión. Es la culminación de un principio jurídico revolucionario: la igualdad se alcanza cuando los desiguales demuestren, contra viento y marea, que merecen ser tratados como iguales. Un avance social, sin duda.

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