La justicia protege a activistas de ataques del poder

Foto: El Universal.

Un fallo judicial disruptivo ha establecido un precedente transformador: el Mecanismo de Protección debe analizar cómo las descalificaciones proferidas desde la conferencia matutina del expresidente Andrés Manuel López Obrador comprometieron la integridad de la espeleóloga y ecologista Tania Ramírez, quien cuestionó abiertamente el proyecto del Tren Maya.

El Consejo Nacional de Litigio Estratégico documentó que, durante 2022, esta defensora medioambiental y feminista “fue blanco de una campaña de desprestigio institucional -junto con otros conservacionistas– orquestrada desde la máxima tribuna presidencial”.

La narrativa oficial la etiquetó como ‘pseudoambientalista‘ y sembró acusaciones infundadas sobre supuestos financiamientos para obstaculizar el Tramo 5 de la megaconstrucción.

Las consecuencias fueron inmediatas y devastadoras: “agresiones físicas durante una manifestación frente al Palacio Nacional; ciberacoso masivo; hostigamiento sistemático; y restricción de acceso a territorios en Playa del Carmen, menoscabando su sustento económico y poniendo en jaque la seguridad colectiva de su núcleo familiar”, evidenció el Consejo.

Frente a esta escalada de vulnerabilidad, Ramírez exigió al Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas de la Secretaría de Gobernación una ampliación de salvaguardas: “No obstante, las instancias omitieron deliberadamente ponderar el efecto multiplicador de los embates presidenciales y el clima de animadversión generado desde la tribuna oficial”.

La evaluación de riesgo, según precisó el Consejo Nacional de Litigio Estratégico, se ejecutó mediante una metodología opaca, ignorando las impugnaciones de la defensora y subestimando el impacto catalizador de las declaraciones del máximo representante ejecutivo.

Hoy, una sentencia de un Tribunal Colegiado constituye un parteaguas jurídico: compelirá a las autoridades del Mecanismo a incorporar este contexto de agresiones sistémicas en su metodología de análisis de riesgo y en la formulación de un Plan de Protección con perspectiva holística.

“El máximo órgano judicial reconoció que la operación del Mecanismo de Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas debe alinearse con los parámetros internacionales más exigentes y, en consecuencia, deberá emprenderse un nuevo diagnóstico de la situación de esta luchadora social que considere el menoscabo provocado por López Obrador en su labor como garante de derechos fundamentales”, se enfatizó.

El nuevo paradigma de protección

El fallo ordena restituir integralmente las medidas del Mecanismo de Protección, lo que conlleva una reevaluación exhaustiva del riesgo, derivado de los señalamientos públicos emanados desde la jefatura del Estado, así como de la divulgación indebida de información personal.

Simultáneamente, se deberá diseñar e implementar un nuevo Plan de Protección con medidas efectivas, intersectoriales y articuladas, sentando las bases para una nueva era en la protección del disenso legítimo.

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