La exdirigente magisterial Elba Esther Gordillo deberá pagar 19 millones 269 mil 323 pesos por concepto de Impuesto Sobre la Renta (ISR) correspondientes a los ejercicios fiscales de 2008 y 2009, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación rechazó el último recurso legal que mantenía suspendido el cobro.
El Pleno del máximo tribunal resolvió por unanimidad y sin discusión desechar el recurso de revisión promovido por la exlíder sindical, con lo que quedó firme la sentencia de un tribunal colegiado que previamente le había negado el amparo y confirmado la obligación de cubrir el adeudo ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
El proyecto fue presentado por la ministra Lenia Batres Guadarrama, quien argumentó que el recurso no implicaba un análisis de constitucionalidad —es decir, no cuestionaba si las leyes eran válidas o no— sino que se trataba únicamente de un tema de pruebas sobre el origen del dinero recibido.
Origen del adeudo fiscal
El crédito fiscal fue determinado el 30 de agosto de 2016 por el Servicio de Administración Tributaria, luego de detectar depósitos bancarios y pagos a tarjetas de crédito y servicios a nombre de Gordillo que no correspondían al régimen fiscal bajo el cual estaba registrada, basado en sueldos y salarios.
De acuerdo con la autoridad fiscal, esos recursos representaban ingresos acumulables, es decir, dinero que incrementa el patrimonio de una persona y que, por ley, debe declararse para el pago de impuestos.
Gordillo argumentó que los recursos no eran ingresos personales, sino cantidades destinadas a cubrir gastos y actividades realizadas en representación del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE), como reuniones y congresos. Sin embargo, las autoridades determinaron que no presentó documentos suficientes que acreditaran que actuaba por cuenta del sindicato.
Esta conclusión fue confirmada en diversas etapas legales, incluidos juicios y amparos.
Último recurso legal
El recurso de revisión presentado por la exdirigente era el último procedimiento pendiente que impedía ejecutar el cobro del adeudo fiscal.
Con la decisión de la Suprema Corte también se revocó una determinación tomada en mayo de 2025, cuando el tribunal había admitido revisar el caso. Finalmente, los ministros concluyeron que el asunto debía resolverse conforme a la legalidad vigente y no implicaba una violación a derechos constitucionales.
Tras el fallo, la resolución quedó firme, por lo que la exlíder sindical deberá cubrir el monto reclamado por el fisco federal.
















