Justicia electoral avala la regulación: un precedente para la transparencia
En un fallo que refuerza el marco de la contienda digital y la ética política contemporánea, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sanción impuesta por el Instituto Nacional Electoral (INE) al partido Movimiento Ciudadano. La resolución subraya la obligatoriedad de que los procesos internos de los institutos políticos se sincronicen con los plazos oficiales de precampaña, un principio fundamental para garantizar equidad en el ecosistema electoral.
Un fallo unánime por la integridad del proceso
Por unanimidad, las magistradas y magistrados validaron la amonestación pública aplicada a la organización política. Se determinó que su mecanismo interno para la selección de aspirantes a senadurías y diputaciones federales no se ajustó a la cronología regulatoria avalada por el Consejo General del órgano electoral, esencial para una competencia en igualdad de condiciones.
Desoír los llamados a la rectificación
El proyecto, liderado por el magistrado Felipe de la Mata Pizaña, evidenció que el INE emitió múltiples exhortos para que el partido alineara su calendario. Movimiento Ciudadano optó por no acatar estas solicitudes, alegando autonomía en su vida interna. Este fallo sienta un precedente claro en la era de la hipervigilancia ciudadana: la autorregulación partidista tiene límites y debe rendir cuentas ante los estándares de transparencia y justicia procesal que demanda la sociedad actual.


















