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Tribunal revoca triunfo electoral de MC en Poza Rica

En mi larga trayectoria observando procesos electorales, pocas veces he visto una voltereta tan contundente como la ocurrida en Poza Rica. Las elecciones, como la vida misma, te enseñan que nada es seguro hasta que se cierra el último acta. Este caso es un manual de lecciones sobre la meticulosidad que debe imperar en el conteo de votos.

El escrutinio inicial del 1 de junio otorgó la victoria al candidato emecista Emilio Olvera con 15 mil 384 votos, frente a los 14 mil 884 de la morenista Janeth Rodríguez.

La cruda realidad, confirmada tras una exhaustiva revisión, es que los números preliminares pueden ser un espejismo. El organismo electoral local, siguiendo instrucciones del máximo tribunal federal, procedió con un recuento integral de los sufragios. Durante años, he insistido en que la transparencia en esta fase es crucial para la legitimidad de cualquier comicio.

El fallo unánime del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) no solo revocó el triunfo inicial de Movimiento Ciudadano, sino que ordenó la entrega de la constancia de mayoría a la coalición Sigamos Haciendo Historia en Veracruz, alianza entre Morena y el Partido Verde Ecologista. He sido testigo de cómo estos veredictos, aunque dolorosos para algunos, refuerzan el Estado de derecho.

La magistrada Tania Celina Vásquez Muñoz detalló el meticuloso proceso. El análisis de 51 actas de resultados y la anulación de dos casillas fueron determinantes. La nueva cifra oficial arrojó 14 mil 823 votos para la coalición morenista contra 14 mil 304 para MC, una diferencia de 519 sufragios que, aunque aparentemente pequeña (0.91%), es estadísticamente significativa y legalmente irrevocable. En estos casos, cada voto cuenta literalmente.

Respecto a las denuncias de violencia política de género, el tribunal actuó con la precisión que caracteriza a la justicia electoral moderna. Si bien se acreditaron publicaciones constitutivas de este delito, se determinó que su impacto no fue suficiente para alterar la voluntad popular expresada en las urnas. Esta distinción es vital: se sanciona el acto ilícito en sí mismo, pero se protege el resultado democrático. Es un precedente importante para futuros casos.

La orden fue clara y perentoria: el Consejo General del OPLE tiene un plazo de 24 horas, tras la notificación, para expedir las nuevas constancias de mayoría. Esta celeridad es fundamental para evitar vacíos de poder y garantizar la gobernabilidad del municipio. La lección que deja Poza Rica es contundente: en democracia, cada voto merece ser contado, y cada acta, revisada con lupa.

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