Cinco estados siguen sin armonizar sus leyes para impedir acceso a cargos públicos a deudores alimentarios

A más de un año de que venciera el plazo constitucional para que todas las entidades del país armonizaran su legislación y restringieran el acceso a cargos públicos a personas deudoras alimentarias, cinco estados continúan rezagados y sin incorporar los lineamientos obligatorios.

De acuerdo con el marco federal, el artículo 38 de la Constitución establece que deben suspenderse los derechos o prerrogativas ciudadanas a quienes hayan sido declarados deudores alimentarios. Para ello, las entidades tenían un periodo de 180 días naturales para adecuar sus constituciones y leyes locales, plazo que ya quedó vencido.

Estados rezagados

Los cinco estados que aún no han concretado esta armonización son:

  • Tamaulipas

  • Nuevo León

  • Colima

  • Guerrero

  • Michoacán

Avances a nivel nacional

A pesar del rezago en algunas entidades, 27 estados ya incorporaron en sus marcos legales los candados para impedir que deudores alimentarios accedan a cargos públicos.

De estos, 10 estados establecen la pérdida de derechos ciudadanos, en concordancia con lo planteado en el artículo 38 constitucional:
Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Durango, Guanajuato, Puebla, San Luis Potosí, Sinaloa y Tabasco.

Otros 17 estados exigen un Certificado de No Inscripción en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias (RNOA) como requisito para aspirar a cargos públicos. En ocho entidades —Aguascalientes, Ciudad de México, Estado de México, Nayarit, Oaxaca, Querétaro, Sonora y Yucatán— este requisito aplica para todos los niveles de gobierno y puestos de elección popular.

El resto presenta casos específicos:

  • Chihuahua, Coahuila, Morelos y Veracruz: solo para cargos del Poder Judicial.

  • Hidalgo: únicamente en puestos de elección popular.

  • Tlaxcala: para el servicio público en general.

  • Jalisco y Zacatecas: excluyen cargos del Poder Judicial.

  • Quintana Roo: no contempla cargos municipales.

Reformas federales y creación del Registro Nacional

En mayo de 2023, el Congreso de la Unión aprobó reformas a la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y al artículo 38 constitucional para establecer sanciones y restricciones a deudores alimentarios.
Un mes después, en junio, se promulgó el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, que también incluye disposiciones relacionadas.

Como parte de este nuevo marco, se creó el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias (RNOA), administrado por el Sistema Nacional DIF, el cual concentra la información proporcionada por los tribunales superiores de justicia estatales.

Llamado a acelerar la armonización

El Instituto Belisario Domínguez advirtió que la armonización estatal avanza de manera lenta y urgió a concluir el proceso, destacando la importancia social de evitar que personas deudoras alimentarias ocupen puestos de representación o responsabilidad pública.

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