Una decisión con sabor a justicia para el bolsillo del trabajador
Desde que se implementó el sistema de Afore, he visto de primera mano la preocupación constante de los trabajadores por saber si su dinero está realmente creciendo o si se lo están comiendo las comisiones. Por eso, la reciente decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de avalar el tope máximo a las comisiones de las Afores no es solo una noticia legal; es un respiro para millones. Es la confirmación de algo que en la práctica siempre supimos: el sistema de pensiones no puede operar como un mercado salvaje donde el más fuerte gana a costa del ahorro del jubilado.
Con unanimidad de votos, el máximo tribunal confirmó la reforma a la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (SAR). Esta modificación, impulsada en 2020 por el entonces presidente Andrés Manuel López Obrador, establece un límite claro a los cobros que las Administradoras de Fondos para el Retiro pueden realizar. En mi experiencia, cuando no hay topes, las comisiones tienden a escalar silenciosamente, erosionando el patrimonio de las personas sin que muchas veces se den cuenta hasta que es demasiado tarde.
El corazón del asunto: ¿Por qué un tope?
El punto central del debate, y donde la Corte dio en el clavo, fue al determinar que esta modificación responde al interés público de proteger el ahorro de las personas. No se trata de obstaculizar los negocios, sino de proteger un derecho fundamental. Recuerdo casos de trabajadores cuyo rendimiento neto era mínimo porque las comisiones se llevaban una parte sustancial de sus ganancias. La Corte fue clara: este sistema está regulado y su principal objetivo es la protección de los trabajadores y sus recursos, no la maximización de utilidades de las administradoras.
El caso llegó a la Corte porque una Afore promovió un juicio de amparo, argumentando que la ley vulneraba la confianza legítima y la libertad de comercio. Un juez de Distrito les dio la razón, lo que provocó que el Ejecutivo Federal y la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) apelaran la decisión. He aprendido que, a menudo, lo que es bueno para una empresa no siempre es lo mejor para el ciudadano de a pie, y es deber del Estado equilibrar la balanza.
La visión de la Corte: Más allá del libre mercado
La ministra Yasmín Esquivel Mossa, quien presentó la propuesta, explicó con gran acierto algo que los especialistas en pensiones sabemos desde hace tiempo: el Sistema de Ahorro para el Retiro no es un libre mercado. Es un sistema de orden público regulado. Los agentes que participan en él no tienen autonomía total para operar bajo las reglas de la libre competencia, especialmente cuando eso se traduce en cobros excesivos que perjudican el futuro de los trabajadores. Es una lección de que la teoría económica pura a veces choca con la realidad social que debe proteger.
La ministra Loretta Ortiz añadió una reflexión crucial que comparto plenamente: la disminución del tope de comisiones es una medida que se dirige directamente a beneficiar a los trabajadores. El objetivo final no es otro que asegurar que puedan tener una pensión digna que les permita cubrir sus necesidades al momento de jubilarse. En esencia, esta decisión es una forma tangible de garantizar el derecho humano a la seguridad social. Después de años de observar el sistema, puedo decir que esta es una de las medidas más significativas para la salud financiera de las pensiones de los mexicanos.













