Corte avala pensión para parejas en unión libre tras muerte

Un fallo que cambia las reglas del juego. La Suprema Corte acaba de dar un golpe de timón en materia de derechos familiares. Las personas que vivieron en concubinato ahora podrán solicitar una pensión compensatoria si su pareja fallece.

Esto busca evitar que queden en desventaja económica tras la muerte. El proyecto, impulsado por la ministra Loretta Ortiz Ahlf, señala que negar este derecho es injusto y discriminatorio.

La pensión compensatoria no tiene naturaleza de herencia, sino un carácter resarcitorio y asistencial para quien no generó ingresos propios durante la relación.

La Corte tumbó una parte del Código Civil de Nuevo León. Esta decía que la pensión se acababa con la muerte de quien debía pagarla. El tribunal consideró que esa disposición violaba principios de igualdad.

El caso llegó gracias a un hombre que se dedicó al hogar durante su relación. Tras el fallecimiento de su pareja, pidió la pensión. Cortes anteriores le habían dicho que no, porque la relación terminó con la muerte.

Pero la SCJN fue clara: los derechos del concubinato pueden reclamarse incluso después de una muerte. La idea es corregir el desequilibrio económico que se pudo generar durante la convivencia.

Con esto, el tribunal refuerza la protección a las familias formadas fuera del matrimonio. Es un paso firme para evitar que queden en situación de vulnerabilidad cuando una parte ya no está.

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