La Corte defiende el plazo de 12 semanas para el aborto frente a la reforma restrictiva de Aguascalientes

La Suprema Corte de Justicia de la Nación de México se encuentra en el centro de un nuevo debate constitucional tras la publicación de un proyecto de sentencia que reafirma el derecho a la interrupción legal del embarazo dentro de las primeras doce semanas de gestación. Este documento, elaborado por el ministro Irving Espinoza, constituye la respuesta formal a una acción de inconstitucionalidad promovida contra una reforma aprobada por el Congreso del estado de Aguascalientes, la cual reduce drásticamente ese plazo a solo seis semanas y establece sanciones penales por su incumplimiento. La Iglesia católica, a través de un editorial en su medio Desde la Fe, ha cargado contra el Alto Tribunal, acusándolo de buscar “eliminar el tipo penal de aborto” y permitirlo durante los nueve meses, una interpretación que no se desprende del texto del proyecto judicial.

El origen del conflicto se remonta a septiembre de 2024, cuando los legisladores locales de Aguascalientes, impulsados por la gobernadora Tere Jiménez del Partido Acción Nacional (PAN), modificaron la legislación estatal. Esta enmienda, alineada con una postura declarada a favor del “derecho a la vida”, contraviene directamente la jurisprudencia establecida por la propia Corte Suprema, que en 2021 despenalizó el aborto a nivel federal. La reforma de Aguascalientes fue impugnada de inmediato por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y el entonces gobierno federal, al considerarla un retroceso en el reconocimiento de los derechos de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

El proyecto de sentencia del ministro Espinoza, que se someterá a discusión y votación el próximo 6 de enero, argumenta con precisión técnica que la reducción del plazo a seis semanas “representa una reducción desproporcionada” que vuelve impracticable el ejercicio efectivo del derecho a decidir. El documento retoma los argumentos de la CNDH, señalando que, en la fase embrionaria temprana, no es posible afirmar la presencia de un ser humano con vida autónoma, ya que el embrión depende completamente de la persona gestante para su desarrollo. Antes de las doce semanas, agrega el texto, no se han desarrollado las facultades sensoriales y cognitivas.

La posición de la Corte se fundamenta en un equilibrio de derechos constitucionales. El proyecto explica que otorgar un margen temporal tan acotado como seis semanas implica una “protección desproporcionada para el embrión o feto” y conlleva “el desconocimiento efectivo de los derechos de la mujer”. Aunque la reforma de Aguascalientes no criminaliza de manera absoluta a la mujer, la amenaza de sanción penal y la estrechez del plazo reducen prácticamente a cero la posibilidad de ejercer el derecho sin graves consecuencias legales, socavando la esencia del fallo histórico de la Corte.

La reacción eclesiástica, cargada de simbolismo por la fecha elegida para la discusión (el día de la Epifanía), ha cuestionado las bases del proyecto, alegando “deficiencias metodológicas” y un desprecio a evidencia científica que, según su postura, demostraría que el sistema nervioso se desarrolla desde la séptima semana. Sin embargo, esta afirmación choca con el consenso científico y médico citado por la Corte, que sitúa en las doce semanas el punto de desarrollo de la corteza cerebral, marcando una diferencia sustancial en el debate sobre la viabilidad y la capacidad de sentir.

Ministros de la Corte, como Loretta Ortiz, han subrayado en declaraciones públicas que la despenalización del aborto en México es un hecho jurídico consolidado desde hace cuatro años. No obstante, han advertido sobre la persistente resistencia de varios estados, como Aguascalientes, que incumplen con armonizar sus legislaciones locales con la jurisprudencia nacional. Ortiz, sin referirse al caso concreto para evitar prejuzgar, defendió el fundamento científico del plazo de doce semanas, explicando que antes de ese punto se está ante un cigoto y que es el momento exacto en que comienza a formarse la corteza cerebral.

Este enfrentamiento entre el máximo tribunal y un poder estatal, con la Iglesia como actor de peso en la opinión pública, trasciende el caso de Aguascalientes. Pone a prueba la autoridad de la jurisprudencia de la Corte para uniformar derechos fundamentales en todo el territorio mexicano y evidencia la tensión permanente entre las decisiones técnicas basadas en derechos humanos y la presión de doctrinas morales y políticas en un tema de profunda sensibilidad social. La sentencia final, que se espera en enero, no solo resolverá el conflicto legal local, sino que reafirmará o debilitará el alcance nacional del derecho a decidir en México.

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