Nacional
La SCJN avala penas de hasta 30 años por distribuir pornografía infantil
La máxima corte avala castigos severos para combatir la explotación digital de menores, ¿pero es suficiente?

En una decisión que marca jurisprudencia, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ratificó la constitucionalidad de imponer 15 a 30 años de prisión a quienes difundan material sexual con menores. ¿Pero qué hay detrás de este fallo histórico?
Fuentes judiciales revelaron a este medio que los ministros analizaron durante meses testimonios de víctimas y peritajes psicológicos que demuestran el daño irreversible causado por estos delitos. “No solo se juzga la distribución, sino la cadena de victimización”, explicó un alto funcionario bajo condición de anonimato.
El caso analizado involucraba a un condenado por trata de personas, quien alegó inconstitucionalidad al recibir la misma pena que los productores del material. Documentos obtenidos en exclusiva muestran que la Corte consideró clave el efecto multiplicador de la difusión: “Cada compartida revive el trauma”, se lee en los considerandos.
Expertos consultados plantean dudas: ¿Por qué tardó décadas en tipificarse este delito? ¿Las penas disuadirán a las redes clandestinas? Mientras organizaciones civiles celebran el fallo, fiscales advierten sobre nuevos desafíos tecnológicos para rastrear contenido en la dark web.
La sentencia establece un precedente al equiparar legalmente la producción y distribución, argumentando que ambas vulneran derechos fundamentales. Sin embargo, queda pendiente la pregunta incómoda: ¿Está el sistema preparado para aplicar estas condenas ante el auge de plataformas cifradas?

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